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Compensación por accidente laboral: derechos y reclamaciones

Todos tenemos bien claro que ninguna persona quiera accidentarse en su trabajo, pero lamentablemente ocurre y mucho. Es por esto que encontramos súper necesario hablarte sobre la indemnización por accidente del trabajo, que no es lo mismo que interponer una demanda, ya que ahí se logra otro tipo de indemnización. ¡Ojo con eso!

La indemnización de la cual te voy a hablar hoy está regulada por la Ley 16.744, y todos los trabajadores que forman parte de una mutualidad tienen derecho a ella. Este es un beneficio disponible para aquellos trabajadores que han sufrido un accidente de trabajo o bien aquellas personas que tienen una pérdida permanente de sus capacidades producto de una enfermedad profesional.

Índice

Requisitos para acceder a la indemnización

En cualquiera de estos dos casos, la persona tiene que tener una pérdida de sus capacidades para poder optar a este beneficio, conocido como indemnización por incapacidad permanente parcial. Para poder acceder a él, tienes que tener una pérdida de tus capacidades que esté entre el 15% y el 40%, lo cual es determinado mediante una resolución de incapacidad permanente emitida por la Compin o tu mutualidad correspondiente. Esto puede ser luego de haber recibido el alta médica para el caso de los trabajadores que han sufrido un accidente de trabajo, o bien lo puedes exigir como un trámite en la entidad correspondiente para el caso de los trabajadores con enfermedad profesional.

Monto de la indemnización

Con respecto al monto que se recibe por la indemnización, todo depende del porcentaje de incapacidad que presentes. Este fluctúa entre 1.5 y 15 veces el sueldo imponible, el cual se calcula en base a un promedio de las últimas seis remuneraciones inmediatamente anteriores al accidente del trabajo o a la declaración de enfermedad profesional. Es importante tener en cuenta que dentro de este cálculo no se consideran los subsidios, como por ejemplo el subsidio por licencia médica. Estos montos quedan fuera del cálculo que se saca en este promedio.

La indemnización se pagará de una sola vez o bien puede hacerse en mensualidades, todo depende de las necesidades que tenga la persona afectada.

Aumento de la incapacidad y nuevos accidentes o enfermedades profesionales

Algo súper importante que debes saber es que si por algún motivo tu grado de incapacidad aumenta o si sufres un nuevo accidente de trabajo o tienes una nueva enfermedad profesional y tu porcentaje de incapacidad aumenta, por ejemplo, si tenías un 20% y pasas a un 30%. Siempre ojo con esto, sin pasarte del 40%, la persona tiene derecho a una nueva indemnización, pero se le descontarán los sueldos que ya les fueron pagados. Para que se entienda bien, veamos un ejemplo:

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Supongamos que la primera vez tenías un 20% de incapacidad, lo cual te dio derecho a una indemnización de 4.5 sueldos imponibles, así lo indica la ley. Pero si por algún motivo de los que te acabo de nombrar aumentas hasta un 30% de incapacidad, la ley indica que tienes derecho a 0.5 sueldos imponibles. Sin embargo, como la primera vez ya te habían cancelado 4.5 sueldos imponibles, esta vez solo te van a cancelar la diferencia, que son 6 sueldos imponibles.

Como puedes ver, esta información es muy importante que todos los trabajadores de Chile la conozcan. Es por eso que te pido tu apoyo para que compartas este artículo y de esta manera lleguemos a más personas. ¡Muchas gracias por tu ayuda y nos vemos en el siguiente contenido de interés!

TemasInformación
Indemnización por accidente del trabajoRegulada por la Ley 16.744
Requisitos
  • Pérdida de capacidades entre 15% y 40%
  • Resolución de incapacidad permanente emitida por la Compin o mutualidad correspondiente
Monto de la indemnización
  • Fluctúa entre 1.5 y 15 veces el sueldo imponible
  • No se consideran subsidios en el cálculo
  • Pago único o en mensualidades
Aumento de la incapacidad y nuevos accidentes/enfermedades profesionales
  • Derecho a una nueva indemnización si aumenta el porcentaje de incapacidad
  • Se descuentan los sueldos ya pagados

Preguntas frecuentes

  1. ¿Quiénes tienen derecho a la indemnización por accidente del trabajo?
  2. Todos los trabajadores que formen parte de una mutualidad y hayan sufrido un accidente de trabajo o tengan una pérdida permanente de sus capacidades por enfermedad profesional.

  3. ¿Cómo se calcula el monto de la indemnización?
  4. El monto se calcula en base a un promedio de las últimas seis remuneraciones inmediatamente anteriores al accidente o a la declaración de enfermedad profesional. No se consideran los subsidios en este cálculo.

  5. ¿Qué pasa si aumenta mi incapacidad después de recibir la indemnización?
  6. Tienes derecho a una nueva indemnización, pero se te descontarán los sueldos que ya te fueron pagados.

Recuerda que esta información es de gran importancia y debe ser conocida por todos los trabajadores de Chile. ¡Comparte este artículo para que llegue a más personas y juntos promovamos una mayor protección laboral en nuestro país! Nos vemos en los próximos artículos relacionados.