
Si bien la legislación laboral le reconoce al empleador toda la potestad de dirección, esto tiene límites frente a lo que es el puesto de trabajo. Es importante tener presente cuál es este límite, ya que en ciertos empleadores pueden llegar a abusar y mandar a los trabajadores a sus casas con trabajo. Esto se debe respetar, esto se debe aplicar, y nosotros los trabajadores debemos ser los primeros en hacer valer nuestros derechos.
Por eso, te invito a que te quedes en este artículo, ya que lo que aprenderás te va a servir mucho a lo largo de tu relación laboral. Mira, el otro día revisando las redes sociales del mundo laboral, me encuentro con el siguiente comentario: "En la empresa del retail en la que trabajo, nos obligan a estar conectados a una aplicación de Workplace que es como WhatsApp. Desde las 7 am ya empezamos a recibir mensajes y, en algunas oportunidades, son las 10 pm y seguimos recibiendo mensajes. Esto no está estipulado en ningún anexo de contrato, pero nos obligan a estar en esta aplicación por la empresa y al final no te desconecta del trabajo".
Índice
Los límites de la potestad de dirección
Si bien es lamentable la situación que está viviendo esta persona, sirve para tratar este contenido y poder brindarte educación y respaldos legislativos en caso de estar viviendo situaciones similares. Es importante aclarar que lo que se va a mencionar no aplicaría para aquellos trabajadores que están excepto de la jornada ordinaria, que son aquellos que están en base al inciso 2º del artículo 22. Para ellos, aplica lo que se va a contar a continuación.
Los límites de la potestad de dirección y mando del empleador
Primero debemos reconocer que el empleador tiene potestades de dirección y mando reconocidas por la legislación laboral. Sin embargo, es crucial conocer los límites que tiene esta potestad, tanto en el aspecto de mando como de control. La legislación laboral establece que el empleador no puede abusar de estas potestades y excederse en su ejercicio.
En el caso particular mencionado anteriormente, el empleador puede hacer uso de plataformas de trabajo como la aplicación Workplace, pero esto debe estar dentro del marco del contrato de trabajo y del servicio que presta la persona. Si los horarios en los que se reciben mensajes están fuera del horario laboral estipulado en el contrato de trabajo, el empleador está claramente pasando por encima de los límites establecidos por la legislación laboral.
Respaldos legales ante abusos por parte del empleador
Es importante mencionar que existen respaldos legales en caso de que te veas envuelto en una situación similar. La Orden número 2.210-35, dictada por la Dirección del Trabajo, establece que los poderes del empleador no pueden ejercerse más allá de la relación laboral y extenderse a actividades extralaborales del trabajador.
En base a esto, se puede concluir que el empleador no puede exigir estar conectado todo el día en una plataforma de trabajo fuera del horario laboral establecido en el contrato. El trabajador tiene derecho a desconectarse de esta plataforma sin ningún problema. Esto también aplica en el caso de tener que atender correos electrónicos, llamadas telefónicas, WhatsApp, etc., fuera del horario laboral sin que el trabajador quiera o esté de acuerdo.
El uso de nueva tecnología y los límites contractuales
Si bien el empleador puede aplicar nueva tecnología en el ámbito laboral, es importante recordar que existe un marco contractual que establece los límites. Como indica el pronunciamiento anteriormente mencionado, sólo se pueden aplicar controles de dirección y mando dentro de lo estipulado en la relación laboral. Fuera de estos límites contractuales, los controles del empleador no tienen validez.
Es necesario destacar nuevamente que estos límites no aplican para aquellos trabajadores que están bajo el inciso segundo del artículo 22. Para el resto de los trabajadores, es importante conocer y hacer valer sus derechos laborales ante cualquier abuso por parte del empleador.
Puntos clave del artículo |
---|
- El empleador tiene potestades de dirección y mando reconocidas por la legislación laboral. |
- Sin embargo, estas potestades tienen límites establecidos por la misma legislación laboral. |
- El empleador no puede exigir estar conectado fuera del horario laboral establecido en el contrato. |
- Existen respaldos legales que protegen al trabajador frente a abusos por parte del empleador. |
- El uso de nueva tecnología en el ámbito laboral debe respetar los límites contractuales. |
Preguntas frecuentes
¿Qué puedo hacer si mi empleador me exige estar conectado fuera del horario laboral?
En caso de que tu empleador te exija estar conectado fuera del horario laboral establecido en tu contrato, puedes hacer valer tus derechos laborales. Puedes basarte en la Orden número 2.210-35 de la Dirección del Trabajo, que establece los límites de la potestad de dirección y mando del empleador. Si no estás bajo el inciso segundo del artículo 22, tienes derecho a desconectarte de las plataformas de trabajo fuera de tu horario laboral.
¿Qué debo hacer si mi empleador me impone tareas fuera de mi horario laboral sin mi consentimiento?
Si tu empleador te impone tareas fuera de tu horario laboral sin tu consentimiento, puedes negarte a realizarlas. Recuerda que los controles de dirección y mando del empleador deben estar dentro de lo estipulado en tu contrato de trabajo y respetar tus derechos laborales. Si te encuentras en esta situación, puedes respaldarte en la Orden número 2.210-35 y hacer valer tus derechos.
¿Puedo ser sancionado por desconectarme de las plataformas de trabajo fuera de mi horario laboral?
No, el empleador no puede sancionarte por desconectarte de las plataformas de trabajo fuera de tu horario laboral. Si estás cumpliendo con tu horario laboral establecido en tu contrato, no puedes ser penalizado por no estar disponible fuera de ese horario. Recuerda que la legislación laboral te ampara en este sentido.
¿Qué debo hacer si mi empleador continúa exigiendo que esté disponible fuera de mi horario laboral?
Si tu empleador continúa exigiendo que estés disponible fuera de tu horario laboral a pesar de haberle comunicado tus derechos, puedes acudir a instancias superiores como la Dirección del Trabajo para presentar una denuncia. Es importante hacer valer tus derechos laborales y no permitir abusos por parte del empleador.
Espero que este contenido haya sido de tu interés y te haya brindado información útil sobre los límites de la potestad de dirección y mando del empleador. Recuerda siempre hacer valer tus derechos laborales y no permitir abusos. Si quieres seguir aprendiendo sobre legislación laboral, te invito a visitar nuestros artículos relacionados.
Hasta la próxima.

Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
Deja una respuesta
Otros artículos interesantes