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Quién puede retirar las cesantías Chile

¿Quién es el encargado de retirar las cesantías chilenas? Las cesantías chilenas son una forma de ahorro para la vejez, y es el trabajador quien es responsable de retirarlas. Esto se debe a que los trabajadores cotizan una parte de su salario para estos ahorros, que se acumulan a lo largo de los años.

En Chile, las cesantías son retiradas únicamente por el trabajador, ya sea que se encuentre activo o jubilado. Esto significa que los familiares, amigos o terceros no podrán retirar las cesantías en nombre de la persona que ha cotizado.

Si quieres conocer más acerca de las cesantías chilenas, ¡has llegado al lugar correcto! En este articulo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema, desde la forma de retirar las cesantías hasta cuales son los derechos del trabajador. ¡No te lo pierdas!

Índice

¿Quién puede retirar los fondos de Cesantía?

Las cesantías son una prestación que los trabajadores chilenos reciben como parte de su salario. Estas son aportes que se hacen a un fondo especial y que, a su vez, sirven como una forma de protección para el trabajador en caso de desempleo o enfermedad.

¿Quién puede retirar los fondos de Cesantía? Esta pregunta es muy importante para muchos trabajadores y, por suerte, hay una respuesta clara. La ley en Chile establece que solo el trabajador puede retirar los fondos. Si bien los trabajadores pueden tener cónyuges o familiares que los ayuden con el proceso, solo ellos pueden hacerlo efectivamente.

¿Qué documentación se necesita para retirar los fondos? Para retirar los fondos de cesantía, el trabajador debe presentar los siguientes documentos:

  • Una copia simple de su cédula de identidad
  • Una copia simple de la cédula de identidad del cónyuge, en caso de contar con uno
  • Una copia simple de la cédula de identidad de los hijos, en caso de contar con alguno
  • Una copia simple de la cédula de identidad de los padres, en caso de contar con alguno
  • Una copia simple de la cédula de identidad de los hermanos, en caso de contar con alguno
  • Una carta de trabajo y/o certificado de empleo
  • Una carta de aceptación de la empresa donde se trabaja o la última carta de renuncia
  • Una cuenta bancaria, para el depósito de los fondos de cesantía

Además, el trabajador debe presentar los siguientes documentos relacionados con el fondo de cesantía:

  • Una copia del contrato de cesantía
  • Una copia de la última declaración de impuestos presentada
  • Una copia de la última declaración de cesantía presentada
  • Una copia del certificado de depósito de cesantía

Una vez que el trabajador tenga todos los documentos necesarios, deberá presentarlos ante una oficina de trabajo o presentar una solicitud a través del sitio web del Ministerio de Trabajo. En ambos casos, los trámites suelen ser sencillos y rápidos.

¿Quién tiene derecho al Seguro de Cesantía?

Las cesantías chilenas son una prestación vital para muchas personas. Estas son pagadas por los empleadores para sus trabajadores y tienen como objetivo cubrir los costos de vida durante los periodos de desempleo. Por lo tanto, ¿quién tiene derecho a recibir el seguro de cesantía?

Los trabajadores que reciben el seguro de cesantía están regulados por la Ley N° 17.705, y las principales condiciones para recibirlo son:

  • Ser un trabajador chileno que está afiliado a la prestación de salud.
  • Ser un trabajador extranjero que cumple con los requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
  • Tener un contrato de trabajo válido por lo menos por 4 meses.
  • No estar cobrando una pensión por incapacidad laboral.

Además de los requisitos anteriores, hay algunas excepciones a este seguro de cesantía. Estas son los trabajadores de empresas de menos de 5 empleados, trabajadores a tiempo parcial, trabajadores temporales, trabajadores a tiempo parcial, trabajadores autónomos y trabajadores en práctica. Estos trabajadores también tienen derecho al seguro de cesantía, pero deben cumplir con los requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Es importante destacar que el seguro de cesantía se puede retirar por un periodo máximo de 24 meses. El monto a retirar variará de acuerdo al salario que el trabajador recibe, y se puede calcular de la siguiente manera:

Salario mensualMonto a retirar
Hasta $1.500.00030%
Más de $1.500.00040%

Una vez que se cumplan los requisitos para recibir el seguro de cesantía, el trabajador tiene derecho a solicitar el retiro. Para ello, deberá realizar los trámites pertinentes en el Servicio de Impuestos Internos, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el Banco Estado, el Banco Security o el Banco de Chile. Es importante recordar que el trabajador debe presentar todos los documentos requeridos para poder recibir su seguro de cesantía.

¿Qué pasa con el Seguro de Cesantía cuando la persona fallece?

En Chile, las cesantías son un beneficio que se otorga a los trabajadores, y en caso de fallecimiento del trabajador, sus cesantías también pueden ser retiradas. Esto significa que su familia, herederos o albaceas pueden reclamar el Seguro de Cesantía que deja el trabajador.

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La ley establece que el Seguro de Cesantía es un beneficio que se otorga a los trabajadores que se encuentran trabajando en una empresa o institución. El Seguro de Cesantía se transforma en una suma de dinero que se puede retirar una vez que el trabajador deja de trabajar o fallece.

En el caso de una persona fallecida, sus herederos o albaceas tienen derecho a reclamar el Seguro de Cesantía. La forma de reclamarlo dependerá del lugar donde trabajaba el fallecido. Por ejemplo, si su trabajo era en el sector privado, la solicitud deberá realizarse en el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Por otro lado, si el trabajador fallecido estaba laborando en el sector público, la solicitud deberá realizarse en la Dirección del Trabajo.

Es importante tener en cuenta que para poder reclamar el Seguro de Cesantía será necesario presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción.
  • Cédula de Identidad del fallecido.
  • Registro Civil.
  • Certificado de Nacimiento.

Además, es necesario presentar una Declaración Jurada de Herederos, donde se especifique quiénes son los herederos del trabajador fallecido y cómo se ha repartido el Seguro de Cesantía.

Una vez presentada la solicitud, el SII o la Dirección del Trabajo emitirá una Resolución que dará luz verde al retiro del Seguro de Cesantía.

Finalmente, el titular del Seguro de Cesantía, ya sea el trabajador fallecido o sus herederos, deberá retirar el dinero en el banco donde se encuentra la cuenta de ahorro de dicho Seguro.

¿Cuántas cotizaciones debo tener para cobrar el Seguro de Cesantía?

Las cotizaciones mínimas necesarias para acceder al Seguro de Cesantía son las siguientes:

  • Si tienes menos de 25 años: debes tener al menos 24 cotizaciones.
  • Si tienes entre 25 y 35 años: debes tener al menos 48 cotizaciones.
  • Si tienes entre 36 y 45 años: debes tener al menos 60 cotizaciones.
  • Si tienes entre 46 y 55 años: debes tener al menos 72 cotizaciones.
  • Si tienes más de 55 años: debes tener al menos 84 cotizaciones.

Al cumplir estos requisitos, tendrás derecho a cobrar la cesantía, siempre y cuando hayas presentado la solicitud de cobro antes de que finalice el plazo que establece la ley. La solicitud puede realizarse hasta el 31 de diciembre del año en que cumplas los requisitos. Si no se presenta la solicitud dentro de este plazo, el trámite será denegado.

Si cumples los requisitos para cobrar la cesantía, existen varias formas de retirar el dinero. Puedes optar por recibir el pago en una cuenta bancaria de tu propiedad, en efectivo, en tarjeta bancaria o en tarjeta de débito. Si optas por recibir el pago en efectivo, tendrás que acudir a una oficina de la entidad bancaria con la que tengas una cuenta. Si deseas recibir el pago en tarjeta bancaria o de débito, la entidad bancaria te enviará la tarjeta a tu domicilio. También puedes optar por recibir el pago en una cuenta bancaria ajena, pero para ello debes contar con el consentimiento del titular de la cuenta.

En caso de que no cumplas los requisitos necesarios para cobrar el Seguro de Cesantía, siempre puedes optar por el Convenio Multilateral, el cual establece que cualquier trabajador activo o jubilado que haya cotizado al menos 5 años a la seguridad social puede acogerse a este sistema para cobrar anticipadamente los aportes que ha hecho durante su actividad laboral. El Convenio Multilateral es una excelente opción para los trabajadores que no cumplen con los requisitos establecidos por el Seguro de Cesantía, ya que le permite acceder al dinero de sus cesantías antes de tiempo sin perder el beneficio.

¡Todos los trabajadores en Chile tienen derecho a retirar sus cesantías! Si eres un trabajador en Chile, tienes todo el derecho a retirar tus cesantías, el cual se encuentra regulado por el Estado de Chile. El proceso para retirar tus cesantías es sencillo y eficiente. ¿Cómo puedes retirar tus cesantías? Simplemente debes visitar una oficina de trabajo y presentar los últimos comprobantes de pagos de tu trabajo y una copia de tu cédula de identidad.
Una vez que hayas completado los trámites, recibirás tu dinero en tu cuenta bancaria.
¡Esperamos que el proceso de retiro de tus cesantías haya sido de tu agrado! ¿Tienes alguna pregunta sobre el proceso de retiro de las cesantías chile? ¡No dudes en preguntar!
¡Hasta luego!