El derecho adquirido es un tema importante que todo trabajador debe conocer y que suscita mucho interés. En este artículo, hablaremos a fondo sobre este tema, ya que muchas personas nos han preguntado acerca del artículo específico en el cual se encuentra este derecho tacito. Desde ya, te invito a darle me gusta, compartir y activar la campanita para recibir notificaciones cada vez que publiquemos contenido como este. Tu apoyo es muy valioso para el mundo sindical y para aquellos trabajadores que se informan a través de nuestras plataformas.
El artículo que respalda el derecho adquirido
El derecho adquirido, también conocido como beneficio tácito, se deriva de la interpretación que realiza la Dirección del Trabajo y se encuentra respaldado por el artículo noveno del Código del Trabajo de Chile. Aunque el artículo en sí no hace mención explícita al derecho adquirido, es a través de su interpretación que se reconoce la existencia de este beneficio.
El artículo noveno establece que el contrato de trabajo debe ser consensual, constar por escrito y firmarse por ambas partes. Además, se menciona que si el empleador no hace uso del derecho que se le confiere, la falta de contrato escrito permite presumir que las estipulaciones del contrato son las que declara el trabajador.
El derecho adquirido como beneficio tácito
Antes de analizar en detalle el artículo noveno, es importante recordar que el derecho adquirido son beneficios tácitos que se generan a través de la voluntad de ambas partes, es decir, del empleador y del trabajador. Además, estos beneficios están respaldados por una reiteración prolongada en el tiempo. Aclarado eso, podemos concluir que el inicio del artículo noveno reconoce la existencia de cláusulas tácitas, las cuales forman parte de la relación laboral.
Otro detalle importante es que los derechos tácitos son beneficios individuales que aplican a personas específicas y no son colectivos. Esto significa que cada trabajador puede tener derechos adquiridos diferentes según su relación laboral.
El anexo del artículo noveno
El artículo noveno cuenta con un anexo, llamado Anexo 89, en el cual se establece que el contrato individual de trabajo puede contener cláusulas expresas, es decir, cláusulas escritas. Esto también respalda la existencia de los derechos tácitos, ya que se reconoce la posibilidad de incluir acuerdos consensuados que no están específicamente escritos en el contrato.
Dónde encontrar el derecho adquirido
En resumen, el derecho adquirido no está escrito específicamente como tal, pero se deriva del artículo noveno del Código del Trabajo. Es a través de la interpretación de la legislación laboral que se reconoce la existencia de estos derechos tácitos. Si deseas conocer más detalles, te recomendamos leer el artículo y revisar los anexos citados allí.
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Tabla de resumen
Concepto | Descripción |
---|---|
Derecho adquirido | Beneficio tácito derivado de la interpretación de la legislación laboral. |
Artículo relacionado | Artículo noveno del Código del Trabajo de Chile. |
Existencia de cláusulas tácitas | Reconocimiento en el anexo 89 del artículo noveno. |
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es el derecho adquirido?
El derecho adquirido es un beneficio tácito que se genera a través de la voluntad de ambas partes, el empleador y el trabajador, y que se respalda en una reiteración prolongada en el tiempo.
2. ¿Dónde se encuentra escrito el derecho adquirido?
Si bien el derecho adquirido no está escrito específicamente como tal, se deriva del artículo noveno del Código del Trabajo de Chile. Es a través de la interpretación de la legislación laboral que se reconoce su existencia.
3. ¿Los derechos adquiridos son individuales o colectivos?
Los derechos adquiridos son beneficios individuales que aplican a personas específicas en su relación laboral.
Espero que este artículo haya sido de utilidad para entender el tema del derecho adquirido. Si deseas obtener más información sobre legislación laboral, te invito a revisar otros artículos relacionados en nuestra página. ¡Hasta la próxima!
Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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