Pues bien, en base a lo que establece el artículo 58, veamos cuáles son los descuentos que legalmente y sin la necesidad de pedir tu autorización, el empleador puede hacer.
Descuentos permitidos por ley
El primer inciso del artículo 58 establece que el empleador puede deducir de las remuneraciones los impuestos correspondientes, las cotizaciones de seguridad social, las cuotas sindicales de acuerdo a la legislación respectiva, así como las obligaciones con instituciones de previsión y organismos públicos.
Para que sea más claro, el empleador tiene la facultad de realizar estos descuentos sin necesidad de tu autorización, ya que así lo estipula la ley. Por lo tanto, puede descontar los impuestos según corresponda en función de tus ingresos, así como las cotizaciones de seguridad social, tales como la salud en Fonasa o Isapre, la AFP con su cuota del 10%, la cuota sindical, el seguro de cesantía, entre otros. Es importante resaltar que incluso si no eres parte de un sindicato, el empleador puede realizar el descuento correspondiente a la cuota sindical.
Es responsabilidad del empleador realizar estos descuentos de las remuneraciones del trabajador sin necesidad de pedir tu consentimiento. Este punto es bastante relevante, ya que estamos hablando de tu dinero, el cual está siendo utilizado pero no es depositado correctamente. Es aquí donde nace la ley Bustos, que permite al trabajador realizar un autodespido o presentar denuncias en caso de que el empleador no realice los descuentos obligatorios según la ley y no los pague, ya que se trata de tu dinero.
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Resumen
Descuentos Permitidos | Explicación |
---|---|
Impuestos | Descuento correspondiente a los impuestos de acuerdo a los ingresos. |
Cotizaciones de seguridad social | Descuento de cotizaciones tales como salud, AFP, seguro de cesantía, entre otros. |
Cuotas sindicales | Descuento de la cuota sindical, incluso si no se es parte de un sindicato. |
Obligaciones con instituciones de previsión y organismos públicos | Descuentos correspondientes a las obligaciones con instituciones de previsión y organismos públicos. |
Preguntas Frecuentes
¿El empleador puede realizar descuentos sin mi autorización?
Sí, según la ley, el empleador puede realizar descuentos legales sin necesidad de tu autorización.
¿Qué sucede si el empleador no realiza los descuentos correspondientes?
En ese caso, puedes utilizar la ley Bustos para realizar un autodespido o presentar una denuncia.
¿Qué puedo hacer en caso de que el empleador no pague los descuentos realizados?
También puedes utilizar la ley Bustos para realizar un autodespido o presentar una denuncia.
Espero que este artículo te haya sido de utilidad. Te invito a que revises otros artículos relacionados en nuestro sitio web. ¡Hasta la próxima!
Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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