Que se paga en un mutuo acuerdo en Chile

El máximo de compensación se ajusta a un salario al año, considerándose un máximo de 11 años de servicio. Para el cálculo del importe a abonar se va a tener presente el salario que tenga el trabajador en el instante de la extinción de la relación laboral.

Debes saber que esta compensación complementa o reemplaza la indemnización por años de servicio y la protección del seguro de desempleo. Además puede ser reclamada en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), presentando documentos que justifiquen la finalización del contrato laboral:

  • Empleados subordinados: Esta cuenta se puede abrir mediante un acuerdo con el empleador sobre la contribución mensual que este realizará (para cubrir la indemnización integral).
  • Trabajadores del hogar: por ley, los empleadores están obligados a realizar contribuciones; y el empleado tiene derecho a reclamar la compensación al finalizar el contrato. Además, a partir del 1 de octubre de 2020, los trabajadores del hogar también tienen derecho al seguro de desempleo.
Índice
  1. Caso de trabajadores dependientes
  2. Cómo se debe realizar el acuerdo para esta compensación
  3. Caso de los trabajadores de casa particular
  4. El mutuo acuerdo como causa legal de extinción del contrato de trabajo.
    1. Qué me tienen que abonar si renuncio
    2. Indemnización por preaviso
    3. Cuándo hay que firmar el finiquito

Caso de trabajadores dependientes

Los empleados regidos por el Código del Trabajo que tengan más de seis años en una empresa pueden acordar con su empleador la sustitución de la indemnización legal por una indemnización integral. Este pacto se puede establecer a partir del séptimo año de la relación laboral.

La indemnización integral se paga al finalizar el contrato laboral por cualquier motivo, teniendo efecto únicamente después del sexto año de servicio, con un límite de 11 años.

La contribución se realiza en una AFP, que se encarga de la recaudación y gestión de los fondos. El empleador debe financiar esta indemnización mediante una contribución de al menos un 4,11% del salario mensual imponible del empleado, con un límite de 99 Unidades de Fomento (UF).

Los empleados con contrato vigente al 1 de diciembre de 1990 y contratados antes del 14 de agosto de 1981 tienen derecho a negociar con su empleador una indemnización sustitutiva sin límite de años.

Cómo se debe realizar el acuerdo para esta compensación

Para formalizar este acuerdo, el empleador y el empleado (subordinado) deben firmar el formulario de pacto de indemnización sustitutiva emitido por la AFP en la que esté inscrito el empleado o en la que desee que se realicen las contribuciones, según se trate de un afiliado al sistema nuevo o antiguo.

Caso de los trabajadores de casa particular

El jefe debe abonar cada mes un total de 4,11% de las cotizaciones, divididas en 3% para el seguro de desempleo y el 1,11% para la indemnización integral de la AFP. De este fondo, el empleado podrá retirar el dinero que sirve como indemnización, justificando la finalización de su contrato laboral. La cantidad de la indemnización corresponderá a las contribuciones realizadas durante el período laboral, más la rentabilidad obtenida de las mismas.

Aspectos clave de esta cantidad

Es responsabilidad del empleador. Es independiente del salario y las contribuciones previsionales del empleado. Debe realizarse durante un máximo de 11 años con cada empleado, desde el inicio del contrato hasta la finalización de la relación laboral. Importante: consulte cómo realizar una declaración jurada de finiquito para empleadas del hogar.

El mutuo acuerdo como causa legal de extinción del contrato de trabajo.

La terminación del contrato de trabajo por mutuo acuerdo es una causa legal contemplada por el producto 61 del código substantivo del trabajo, mucho más exactamente en el así a) del numeral 1, y la regla tiene relación exactamente al mutuo permiso. En el momento en que existe permiso mutuo, se comprende que el trabajador como el empleador acuerdan la extinción del contrato de trabajo, con independencia de lo que motivó la resolución o de quién fue la idea.

Qué me tienen que abonar si renuncio

En el caso de renuncia, el empleador va a deber abonar al trabajador la indemnización pertinente a sus años de servicio y vacaciones proporcionales. El máximo de compensación se ajusta a un salario al año, considerándose un máximo de 11 años de servicio. Para el cálculo del importe a abonar se va a tener presente el salario que tenga el trabajador en el instante de la extinción de la relación laboral.

Indemnización por preaviso

Según la normativa chilena, como empleador, tienes que avisar al trabajador 30 días antes de la finalización del contrato en el caso de despido. Si no lo realiza, se le suma una cantidad compensatoria semejante a un mes de salario.

Este término, asimismo popular como prima de antigüedad, se entrega en el caso de despido. Es una compensación relacionada transcurrido un tiempo que el usado trabajó en su compañía.

Cuándo hay que firmar el finiquito

El finiquito ha de ser concedido por el empleador y su pago puesto predisposición del trabajador en los diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador. De esta forma, desde la finalización de la relación laboral, así sea por despido o renuncia, tu empleador tiene solo diez días para poner a tu predisposición el finiquito, si no lo realiza, vas a deber empezar a efectuar gestiones para conseguir el pago.

Frente esto, la ley pide que la liquidación se pague en el período señalado y en un solo acto. Sin perjuicio de esto, la ley establece que las partes van a poder pactar el pago a plazos de conformidad con los productos 63 bis y 169.

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