Muchas preguntas y dudas surgen debido a la situación actual en la que muchos empleadores están enviando a sus trabajadores a casa y cerrando sucursales o empresas completas por orden del gobierno. Esta medida es temporal y se debe a la pandemia generada por el coronavirus, lo cual está generando mucha incertidumbre entre los trabajadores.
Los trabajadores se preguntan qué va a suceder con su sueldo a fin de mes si no están trabajando. Además, tienen dudas sobre si el empleador puede despedirlos por caso fortuito o fuerza mayor, así como también si pueden ser obligados a tomar sus vacaciones.
El derecho a negarse a utilizar las vacaciones
En cuanto a las vacaciones, es importante saber que el empleador no puede obligar a un trabajador a utilizarlas, ya que deben ser de mutuo acuerdo. El trabajador tiene todo el derecho a negarse a utilizar su feriado legal. Sin embargo, el empleador tiene la posibilidad de invocar el feriado colectivo, lo cual implica cerrar la empresa o una sucursal por un mínimo de 15 días y otorgar vacaciones a todos los trabajadores de ese sector, independientemente de si tienen los días necesarios acumulados.
En este caso, el empleador está obligado a pagar el sueldo de manera normal durante este período de feriado colectivo.
La obligación del empleador al enviar a los trabajadores a casa
Si el empleador decide enviar a un trabajador a casa o cerrar una sucursal o empresa completa, también está obligado a pagar el sueldo del trabajador. Esto se debe a que es una decisión unilateral del empleador y el contrato de trabajo sigue vigente. El empleador está obligado a proteger la salud y vida del trabajador, como lo establece el artículo 184 del código del trabajo.
En caso de que el gobierno anuncie el cierre de algún establecimiento, el contrato de trabajo se suspende y el empleador no está obligado a pagar el sueldo. Sin embargo, esto no implica que el trabajador pueda ser despedido bajo la causal de caso fortuito o fuerza mayor, ya que esta causal tiene un carácter irreversible y no aplica en casos temporales como este.
El seguro de cesantía como apoyo económico
Para aquellos trabajadores cuyos contratos de trabajo sean suspendidos por la contingencia, las autoridades están lanzando una propuesta para que el empleador deba cancelar las cotizaciones obligatorias de la AFP y la salud, siendo cubiertos por el fondo de seguro de cesantía. Se espera que se reduzcan los requisitos para acceder a este seguro, permitiendo que más personas puedan utilizarlo.
Es importante mencionar que los pagos del sueldo se realizarán en base a los porcentajes estipulados por el seguro de cesantía.
La importancia de informarse y educarse
Como trabajador, es fundamental estar informado sobre nuestros derechos y las medidas de resguardo que existen para mantener nuestro empleo y reducir el impacto económico en nuestra vida. No debemos depender únicamente de lo que otros nos digan, sino que debemos comprometernos en conocer nuestras responsabilidades y derechos laborales.
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Resumen de la información
Derechos de los trabajadores | Medidas de resguardo |
---|---|
No ser obligado a utilizar vacaciones | Invocar el feriado colectivo |
El empleador debe pagar el sueldo si envía a los trabajadores a casa | El gobierno debe cancelar las cotizaciones obligatorias |
El contrato de trabajo se suspende si el gobierno ordena el cierre de establecimientos | Reducción de requisitos para acceder al seguro de cesantía |
Preguntas frecuentes
1.¿Puede el empleador obligarme a tomar vacaciones?
No, el empleador no puede obligar a un trabajador a tomar vacaciones. Estas deben ser de mutuo acuerdo.
2.¿Qué sucede si el empleador decide cerrar la empresa o enviar a los trabajadores a casa?
El empleador está obligado a pagar el sueldo de manera normal ya que es una decisión unilateral del empleador y el contrato de trabajo sigue vigente.
3.¿Puedo ser despedido durante esta contingencia?
No, el empleador no puede despedir a un trabajador invocando caso fortuito o fuerza mayor. Esta causal tiene un carácter irreversible y no aplica en casos temporales como este.
Como podemos ver, existen diversas medidas de resguardo para los trabajadores en medio de esta contingencia. Es fundamental mantenerse informado y buscar todas las herramientas legales disponibles para proteger nuestros derechos en el ámbito laboral. Esperamos que este artículo haya sido de utilidad y los invitamos a revisar otros artículos relacionados en nuestro sitio web.
Hasta pronto y gracias por leernos.
Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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