?Con límite de 11 años?: a esos trabajadores que hayan sido contratados con posterioridad al 14 de agosto de 1981, se les va a reconocer como máximo 11 años trabajados en la compañía independientemente de que lleven mucho más tiempo haciendo un trabajo, esto es, que va a tener derecho a 11 sueldos como encuentre. 03-01-2007
Cambiar el Código del Trabajo para remover el máximo de indemnización por años de servicio es el propósito de la iniciativa de ley que aborda la Comisión Técnica de la Cámara de Miembros del congreso de los diputados.
La regla tiene por objeto eliminar el límite máximo de trescientos treinta días de remuneración, semejante a 11 años de servicio. En ese sentido, se ofrece que el empleador pague una indemnización semejante a 30 días de la última remuneración por mes, devengada por todos los años de servicio y fracción mayor a seis meses, sin límite de años.
Indemnización por años de servicio
La indemnización por años de servicio en Chile es la indemnización que el empleador debe dar al trabajador, en proporción a la proporción de años trabajados, en la que Un mes de la remuneración se paga por todos los años de servicio, o una fracción mayor a seis meses. El Código del Trabajo en su producto 163 relata en parte.
Arte. 163. Si el contrato tiene una vigencia de un año o mucho más y el patrón lo rescinde de conformidad con el producto 161, va a deber abonar al trabajador pertinente la indemnización por años de servicio que las partes hayan pactado individual o colectivamente, siempre y cuando sea por una cantidad mayor a la establecida en el parágrafo siguiente.
¿Qué es el archivo de finiquito?
Primeramente, distinguir 2 conceptos que tienen la posibilidad de confundirse de manera fácil, Liquidación y también Indemnización. Más allá de que los dos conceptos mencionan a la terminación de un contrato, cabe apuntar que la indemnización es la indemnización que la compañía paga al trabajador en el momento en que las relaciones laborales entre los dos cesan por causas extrañas al trabajador, comunmente tras un despido injusto o por causas objetivas.
Siempre y en todo momento se va a deber dar el finiquito o acta de finiquito, sea como sea la causa de la extinción del contrato (así sea por baja facultativa, por excedencia, por la realización de la obra o servicios para los que había sido por contrato o, como afirmábamos antes, asimismo por despido). ¿Pero de qué se habla precisamente?
Soy Mateo, profesor y orientador profesional con experiencia en varios institutos y universidades chilenas. Colaboro con medios digitales para compartir mi conocimiento y experiencia. Mi pasión es ayudar a las personas y organizaciones a alcanzar sus objetivos y mejorar trayectoria profesional.
Deja una respuesta
Otros artículos interesantes