
Hemos hablado en reiteradas ocasiones sobre el tiempo que los trabajadores destinan para cambiarse de ropa con el fin de poder prestar los servicios al empleador al inicio de la jornada o cuando se retiran de su jornada de trabajo. Aún no llegan consultas de trabajadores que no saben si forma o no parte de la jornada laboral. Pues bien, el día de hoy hablaremos de este tema y también si estaremos lo que en la misma Dirección del Trabajo ha dicho al respecto. Así que quédate en este artículo y lee hasta el final.
Índice
¿Es considerado el cambio de ropa dentro del horario de trabajo?
Para entrar directo en esta materia, vamos a leer el comentario que nos dejaron en una de nuestras redes sociales y que dice lo siguiente:
"Hola amigos, trabajo en una maestranza y utilizamos ropa vieja para trabajar. Algunos nos ponemos su overol sobre esa ropa o traje de cuero para los trabajos en caliente. La duda es si este cambio de ropa es considerado dentro del horario de trabajo, ya que según la ley, para la jefatura no está considerado el cambio de ropa dentro del horario de trabajo por no trabajar con productos químicos ni peligrosos. Averigüé algo sobre eso, pero la ley no especifica el tipo de contaminación de la ropa. Tenemos camarín para este acto, ¿cómo lo explicas en el artículo? Pero nos dicen que debemos llegar más temprano, cambiarnos de ropa y luego marcar la tarjeta de entrada y a la salida. Lo mismo ocurre a las 6 de la tarde, tenemos que marcar la tarjeta recién ahí, nos debemos lavar y cambiar de ropa para poder retirarnos. ¿Qué ocurre si nos accidentamos en este intercambio de ropa? ¿Es legal lo que la jefatura nos dice? Gracias."
Excelente comentario, bastante claro y entrega muchísima información. Claramente plantea muy bien la pregunta. Pues bien, para poder responder, te voy a explicar textualmente lo que indica la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo en relación a este tema del cambio de ropa.
¿Qué dice la Dirección del Trabajo?
De conformidad con la actual doctrina de la Dirección del Trabajo, contenida en el dictamen 2.936, es la DGE 0 225 del 14/07/2010, "tiempo destinado al cambio de vestuario, uso de elementos de protección y aseo personal constituirá jornada de trabajo cuando el desarrollo de las labores convenidas requiere necesariamente la realización de las mismas por razones de higiene y seguridad, independiente de si ellas se encuentran consignadas como obligaciones del trabajo en el respectivo reglamento interno. Igualmente, deberá ser calificado como tal el lapso utilizado por los trabajadores en cambio de vestuario cuando sea requerido por el empleador por razones de imagen corporativa, atención de público, requerimientos de cliente o por otras similares consignadas en el citado reglamento."
Como puedes ver, en base a lo que la misma Dirección del Trabajo indica en su pronunciamiento y tomando en cuenta la labor que ustedes realizan en una maestranza, donde claramente en una maestranza estás expuesto a enlaces de soldadura o quizás de oxicorte de cierto al cortar piezas, o vas a estar utilizando elementos de protección personal para poder estar en calle, etcétera, todo lo que hacen en una maestranza finalmente termina contaminando su cuerpo. Por ende, no pueden utilizar cualquier ropa, tienen que utilizar los elementos de protección adecuados. Y claramente, cuando terminan su jornada de trabajo, no pueden irse así como hacia la casa porque van llenos de gases tóxicos en su cuerpo. Por ende, aplica el hecho de que deban bañarse y cambiarse de vestuario para poder retirarse a su casa. Lo mismo está ocurriendo en la entrada al puesto de trabajo, porque no pueden ir con su ropa personal a trabajar, sino que el empleador debe otorgar la ropa necesaria para poder prestar los servicios.
El tiempo destinado al cambio de ropa forma parte de la jornada laboral
En base a toda esta situación, ese tiempo que ustedes destinan al cambio de ropa a la entrada y a la salida sí forma parte de la jornada de trabajo. Y si tu empleador no lo respeta, lo que deben hacer es acudir a la inspección del trabajo del lugar donde está ubicada tu empresa y pedir la fiscalización correspondiente para que se haga valer este derecho. Porque a causa y como consecuencia de las labores que tú realizas en dicha maestranza, sí o sí se deben cambiar de ropa al inicio y al término de la jornada laboral, y ese tiempo debe ser pagado.
¿Qué ocurre si te accidentas en el cambio de ropa?
Ahora bien, ¿qué sucede si ustedes se accidentan durante ese periodo? Pues bien, es un accidente de trabajo porque ese tiempo forma parte de la jornada laboral. Y aunque tu empleador no lo quiera, por norma legal y por la jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo que así lo reconoce, ese tiempo se les debe pagar y se debe reconocer como parte de la jornada laboral.
Lo importante sobre estos temas importantes es saber sobre legislación laboral y que nosotros, los trabajadores, nos mantengamos informados y educados en la legislación. Por eso, te pido que le des al me gusta, compartas este artículo y lo leas con más personas para que esta comunidad siga creciendo y más trabajadores se eduquen en la legislación laboral.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Es considerado el cambio de ropa dentro del horario de trabajo? | Sí, según la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo, el tiempo destinado al cambio de vestuario, uso de elementos de protección y aseo personal constituye jornada de trabajo cuando el desarrollo de las labores convenidas requiere necesariamente su realización por razones de higiene y seguridad. |
| ¿Qué ocurre si nos accidentamos en el cambio de ropa? | Si te accidentas durante ese periodo, se considera un accidente de trabajo, ya que ese tiempo forma parte de la jornada laboral. Debes recibir los beneficios correspondientes de acuerdo a la legislación laboral. |
Preguntas frecuentes
¿Puedo utilizar mi propia ropa para trabajar?
No, el empleador debe otorgar la ropa necesaria para poder prestar los servicios. Esto se debe a razones de imagen corporativa y para garantizar la seguridad e higiene en el trabajo.
¿Qué debo hacer si mi empleador no respeta el tiempo de cambio de ropa como jornada laboral?
Debes acudir a la inspección del trabajo del lugar donde está ubicada tu empresa y solicitar la fiscalización correspondiente. La inspección del trabajo velará por el cumplimiento de las normas laborales y hará valer tus derechos.
¿Es obligatorio bañarse y cambiarse de ropa al término de la jornada laboral?
Sí, es necesario bañarse y cambiarse de ropa al finalizar la jornada laboral, especialmente si estuviste expuesto a sustancias químicas o peligrosas. Esto es fundamental para garantizar tu salud y seguridad.
Espero que este artículo haya sido de utilidad y que te haya ayudado a entender tus derechos laborales en relación al cambio de ropa. Recuerda que es importante informarse y estar educado en la legislación laboral para proteger tus derechos como trabajador. Te invito a que siempre estés pendiente de nuestros próximos artículos relacionados. ¡Hasta la próxima!


Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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