
El derecho a usar buses de acercamiento o disponer de este medio de transporte es algo que se da para algunas empresas. Algunos trabajadores tienen este beneficio, para algunos es intrínseco, para otros es particular el contrato de trabajo, y para otros es un derecho adquirido, indiferente como sea, hay puestos de trabajo que tienen acceso a este beneficio, de lo cual hablaremos qué sucede cuando yo no lo puedo utilizar, será que me tendrán que apoyar con otro beneficio para poder yo llegar al puesto de trabajo, pues bien de eso hablaremos el día de hoy en el siguiente vídeo, y que, desde ya, te pido darle al me gusta, compartir y activar la campanita de las notificaciones, porque este contenido ayudará a muchísimos trabajadores de nuestro país.
Índice
Trabajadores con derecho a locomoción
Para poder hablar de este tema con más detalles, te quiero leer el siguiente comentario con mucha atención. Con estimados, tengo una duda con respecto a las empresas que tienen disponibles buses de acercamiento para sus trabajadores. ¿Los trabajadores que no pueden hacer uso de este beneficio, ya sea por recorrido u horario, tampoco se les paga la locomoción?
Excelente, excelente pregunta. Mira, yo te hablaba de algunos trabajadores que tienen derecho a la locomoción que el empleador está obligado a otorgar, estos medios de transporte y con ello me refiero a los trabajadores de temporada en el sector agrícola, así como también a temporales en aserraderos. Ya a ellos el empleador les tiene que otorgar la locomoción, está en el artículo 95 del código del trabajo y hay claramente cuantos oscuros una situación como la que nos acaban de contar, el empleador tiene que ver la la manera de poder transportar a la persona, de que el bus de recorrido pase por ahí, ser cierto y pueda llevar a su trabajador o trabajadora.
Empresas que no están obligadas a entregar locomoción
Ahora bien, cuando las empresas no están obligadas a entregar este medio de transporte, sino que entregan otros medios por mera voluntad o por acuerdo alguna negociación colectiva, ahí queda sujeto al acuerdo que se establezca. ¿Qué sucede en caso de que no puedas hacer uso de la locomoción colectiva que te están otorgando? Y aquí me refiero con esto que si en el acuerdo indica que se van a dar recorridos de buses para poder acercar y llevar a la gente al puesto de trabajo, cierto, y si solo dices eso, entonces es responsabilidad del trabajador tener que ir al lugar donde pasa el recorrido que se acordó, ¿es cierto?, para poder tomar esta locomoción y dirigirse al puesto de trabajo.
Ahora bien, si por equis motivo y dijera que si no pueden hacer uso, se les va a pagar un monto diario para que puedan utilizar otros medios de transporte, eso sería lo que aplica. Pero si no dice nada al respecto y sólo habla de el transporte, el recorrido, cierto, y finalmente acercarse para llegar a ese medio de transporte, entonces no aplica el hecho de que te paguen un bono de locomoción. Importante y lo vuelvo a destacar, todo depende del acuerdo que esté estructurado, ya sea por contrato de trabajo o por acuerdo colectivo, eso es lo que vale, lo que se respeta, y no habla nada de pagar un bono por no usar la locomoción que está disponible, entonces el empleador no lo debe pagar y si dijera algo, entonces sí lo debe pagar, por ende todo se limita al acuerdo que está escriturado.
Espero te haya gustado la información y hayas aprendido algo nuevo. Recuerda que aquí en Gestion Municipal tenemos muchos medios para poder apoyar a los trabajadores y trabajadoras que buscan informarse sobre legislación laboral. Además, tenemos disponible nuestra aplicación móvil para las organizaciones sindicales que buscan poder comunicar de forma más rápida a sus socios, donde también tienen acceso a un espacio informativo que es administrado por nuestro equipo y entregamos mucha educación sobre legislación laboral.
Si eres dirigente sindical y estás buscando la forma de modernizar tu gestión en la organización sindical, recuerda que cuentas con nuestra aplicación móvil de Gestion Municipal. No solo te da acceso a este espacio informativo, sino que también tienes acceso a poder publicar noticias, comunicados, instrumentos colectivos, beneficios, actas de la asamblea, estatutos y mucho, mucho más. También puedes realizar trámites en línea, votaciones en línea, entre otras herramientas que están disponibles. Es decir, un gestor sindical que está disponible para la organización y que te permite posicionarte en los dispositivos móviles de tus socios, estén donde estén. ¡Qué mejor! Así que, cómo hacerlo dirigente, escríbenos al siguiente correo para poder contar temas sobre la aplicación que tú puedes tener en tu organización. Cuídate mucho y nos vemos en el siguiente artículo.
Tabla de Resumen
Tema | Resumen |
---|---|
Derecho a locomoción | Algunos trabajadores tienen derecho a usar buses de acercamiento, esto depende del contrato de trabajo o acuerdos colectivos. |
Obligación del empleador | El empleador está obligado a otorgar locomoción a los trabajadores de temporada en el sector agrícola y temporales en aserraderos. |
Empresas sin obligación | En las empresas que no están obligadas a entregar buses de acercamiento, el beneficio queda sujeto a acuerdos colectivos. |
Responsabilidad del trabajador | Si el acuerdo establece el uso de buses pero el trabajador no puede hacer uso de ellos, es responsabilidad del trabajador buscar otras formas de transporte. |
Pago de bono de locomoción | El pago de un bono de locomoción dependerá del acuerdo establecido, si no se menciona, el empleador no está obligado a pagarlo. |
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué pasa si mi empresa no entrega buses de acercamiento?
Si tu empresa no está obligada a entregar buses de acercamiento, el beneficio quedará sujeto a acuerdos o negociaciones colectivas.
2. ¿Cómo puedo saber si tengo derecho a la locomoción en mi trabajo?
Debes revisar tu contrato de trabajo o acuerdos colectivos para saber si tienes derecho a la locomoción o buses de acercamiento.
3. ¿Qué debo hacer si no puedo hacer uso de los buses de acercamiento?
Si no puedes hacer uso de los buses de acercamiento, es responsabilidad del trabajador buscar otras formas de transporte para llegar al puesto de trabajo.
4. ¿El empleador debe pagarme un bono de locomoción si no puedo usar los buses?
El empleador solo está obligado a pagar un bono de locomoción si así está estipulado en el contrato de trabajo o en acuerdos colectivos, de lo contrario, no está obligado a pagarlo.
5. ¿Dónde puedo encontrar más información sobre legislación laboral?
Puedes encontrar más información sobre legislación laboral en nuestra aplicación móvil de Gestion Municipal, donde también tenemos espacios informativos y recursos educativos.
Espero que esta información te haya sido útil y que hayas aprendido algo nuevo. Si tienes más preguntas o dudas, no dudes en dejar un comentario o escribirnos al correo proporcionado. Recuerda que en Gestion Municipal siempre estamos aquí para apoyar a los trabajadores y brindar información relevante sobre el mundo laboral. ¡No olvides revisar nuestros artículos relacionados para seguir aprendiendo!
¡Hasta la próxima!

Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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