Mencionábamos anteriormente en un video, pero nos parece importante también compartir esta información en un artículo de nuestro sitio web, sobre el tema de la conformación de organizaciones sindicales en Chile. Es interesante destacar que, según la normativa legal, en ciertas condiciones, un grupo de ocho trabajadores puede formar una organización sindical en nuestro país.
¿Cuándo se Cumple esta Condición? – La Normativa Legal
Para tener claridad sobre cuándo se cumple esta condición, es necesario acudir a la normativa legal establecida en el artículo 227. En este artículo se especifican los distintos requisitos que deben cumplirse para la conformación de organizaciones sindicales en Chile.
En el inciso primero de este artículo se establece lo siguiente: «La constitución de un sindicato en una empresa que tenga más de 50 trabajadores requerirá de un mínimo de 25 trabajadores que representen al menos el 10% del total de los trabajadores que prestan servicio en ella».
Sin embargo, existe una excepción a esta regla. En aquellos casos en los que no exista un sindicato vigente en una empresa con más de 50 trabajadores, se requerirán al menos ocho trabajadores para constituir una organización sindical. Además, se deberá completar el quorum exigido en el inciso anterior en un plazo máximo de un año. De lo contrario, su personalidad jurídica caducará automáticamente.
Empresas con 50 Trabajadores o Menos
Por otro lado, la normativa también contempla la conformación de organizaciones sindicales en empresas con 50 trabajadores o menos. En este caso, se establece que es posible constituir un sindicato con ocho trabajadores, siempre y cuando representen al menos el 50% del total de los trabajadores de la empresa. Es decir, si una empresa tiene 49 trabajadores, se requerirán de 24 trabajadores para conformar una organización sindical. En el caso de una empresa con 16 o 17 trabajadores, ocho trabajadores serían suficientes para formar el sindicato.
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Titular | Número de trabajadores | Número mínimo de trabajadores requerido para constituir un sindicato |
---|---|---|
Empresas con más de 50 trabajadores | >= 50 | 25 trabajadores que representen al menos el 10% del total de trabajadores de la empresa |
Empresas con 50 trabajadores o menos | < 50 | 8 trabajadores que representen al menos el 50% del total de trabajadores de la empresa |
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo se tiene para completar el quorum en caso de no tener un sindicato vigente?
En caso de no tener un sindicato vigente y contar con ocho trabajadores para conformar una organización sindical, se tiene un plazo máximo de un año para completar el quorum establecido en la normativa legal.
¿Qué sucede si no se cumple con el requisito de completar el quorum dentro del plazo establecido?
Si no se cumple con el requisito de completar el quorum dentro del plazo máximo de un año, la personalidad jurídica de la organización sindical caducará automáticamente por el solo ministerio de la ley.
Esperamos que esta información te haya sido útil y te invitamos a explorar otros artículos relacionados en nuestro sitio web. ¡Hasta la próxima!

Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.