
Cada día nos acercamos más a las celebraciones de las Fiestas Patrias en Chile. Ya se siente en el aire la emoción y alegría de abrazar nuestras tradiciones, disfrutar de las deliciosas empanadas y chicha, pero también siguen llegando preguntas de parte de los trabajadores que se encuentran en jornadas excepcionales. Estos trabajadores no son la excepción, valga la redundancia, y por eso hoy hablaremos sobre el tema de los feriados irrenunciables y qué sucede con aquellos que están en estas jornadas especiales.
Índice
¿Qué son las jornadas excepcionales?
Los trabajadores que se encuentran bajo una jornada excepcional son aquellos grupos de personas que tienen programado prestar servicios durante 10 o 12 horas continuadas en sistemas de turnos rotativos. Algunos ejemplos de estos sistemas son el 4x4, 5 por 5, 6 por 6, 7 por 7, 10 por 10, 14 por 14, entre otros. También se incluyen aquellos trabajadores que están en un sistema de turno de 8 horas con ciclos rotativos, como el 6 por 1, 6 por 12, 6 por 3, entre otros. Estas jornadas están reguladas por diferentes normativas, como la Orden de Servicio Número 5 para algunos casos y acuerdos marco especiales para guardias y conserjes.
¿Qué sucede con los feriados irrenunciables?
Lamentablemente, la norma legal considera estos feriados irrenunciables o fechas especiales como un día más en el ámbito laboral. Esto significa que los trabajadores en jornadas excepcionales no tienen el reconocimiento del feriado y renunciable, lo que implica que deben ir a trabajar incluso en días como el 18 y 19 de septiembre, el 25 de diciembre, el 1 de enero o el Día del Trabajador, solo por mencionar algunas festividades.
¿Existe algún reconocimiento para estos trabajadores?
A pesar de esta situación, algunos trabajadores de este grupo han logrado negociar con sus empleadores para que se les reconozcan estos feriados y renunciables. Sin embargo, no todos los trabajadores tienen esa posibilidad, por lo que se ven en la obligación de trabajar en días festivos.
¿Qué sucede si tengo que trabajar en festividades?
Si te corresponde trabajar en un feriado irrenunciable, debes saber que, según lo establecido en el Código del Trabajo, te deben otorgar un día compensado. Esto aplica tanto para días efectivos de festividades como para los domingos en que estas caigan. Por ejemplo, si trabajas en jornada excepcional durante las Fiestas Patrias (16, 18 y 19 de septiembre), te corresponde un día compensado. Aunque el 18 de septiembre sea un día domingo, también te corresponde un día compensado.
Lamentamos que te toque trabajar en estas festividades y en todas las otras actividades en las que deberíamos estar disfrutando en familia. Te deseamos mucho éxito en tu día de trabajo y agradecemos enormemente el servicio que brindas a la sociedad y a la comunidad. Recuerda que tu sacrificio no es en vano y que tu familia siempre te espera con los brazos abiertos.
Resumen
| Punto clave | Información |
|---|---|
| Jornadas excepcionales | Sistemas de turnos rotativos o ciclos rotativos con jornadas de 10 o 12 horas continuadas. |
| Feriados irrenunciables | No tienen reconocimiento de feriado y renunciable. Deben trabajar en días festivos. |
| Reconocimiento | Algunos trabajadores han logrado negociar con sus empleadores para obtener el reconocimiento de los feriados y renunciables. |
| Trabajar en festividades | Se debe otorgar un día compensado por cada festividad en la que se trabaje, incluyendo los domingos. |
Preguntas frecuentes
1. ¿Si trabajo en jornada excepcional, tengo derecho a feriados irrenunciables?
No, la norma legal no reconoce los feriados y renunciables para los trabajadores en jornadas excepcionales.
2. ¿Qué puedo hacer si quiero tener los feriados irrenunciables?
Si no tienes reconocido este derecho en tu contrato individual o colectivo, puedes negociar con tu empleador para lograrlo.
3. ¿Cuándo me corresponde un día compensado?
Si trabajas en una festividad irrenunciable, como las Fiestas Patrias, te corresponde un día compensado según lo establecido en el Código del Trabajo.
¡Hasta luego y buen trabajo!
Esperamos que esta información haya sido de utilidad para todos los trabajadores que se encuentran en jornadas excepcionales durante las festividades. No olvides seguir revisando nuestros artículos para obtener más información relevante sobre el mundo laboral en Chile. ¡Nos vemos en el próximo artículo!


Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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