
El registro de control de asistencia es una obligación que recae en el empleador para controlar los horarios de entrada y salida, así como las horas extraordinarias de los trabajadores. Este tema genera dudas entre los trabajadores, ya que existe incertidumbre acerca de si están obligados a utilizar el sistema de registro y si el empleador puede modificarlo a su conveniencia. En este artículo, abordaremos esta temática para brindar mayor claridad al respecto.
Índice
¿Estoy obligado como trabajador a utilizar el registro de asistencia?
Indiferente del sistema utilizado, es importante revisar lo que establece la normativa legal. El artículo 33 del código del trabajo establece lo siguiente:
"Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro. Existirá un libro de asistencia del personal o un reloj control con tarjeta de registro."
En este inciso, se deja claro que es responsabilidad del empleador llevar un registro de asistencia y no se menciona que esta responsabilidad recaiga en los trabajadores. En otras palabras, el empleador está obligado por ley a cumplir con esta norma y establecer las condiciones necesarias en el lugar de trabajo. Por ende, como trabajador, también estás obligado a cumplir con esta normativa y utilizar el sistema de registro establecido.
¿Qué tipo de registro de asistencia puede ser utilizado?
El artículo 33 del código del trabajo en su inciso segundo menciona lo siguiente:
"Cuando no fuera posible aplicar las normas previstas en el inciso precedente, la dirección del trabajo, de oficio o a petición de parte, podrá establecer y regular mediante resolución fundada un sistema especial de control de las horas."
Esto significa que si no es viable utilizar un libro de asistencia o un reloj control, se pueden aplicar otras medidas, pero es necesario solicitar autorización a la dirección del trabajo. Es el empleador quien debe realizar esta solicitud y obtener la aprobación correspondiente antes de implementar un sistema de control de asistencia alternativo.
¿Qué dice la Dirección del Trabajo sobre los sistemas de registro de asistencia?
La Dirección del Trabajo ha dado a conocer las modalidades de registro de asistencia que pueden ser utilizadas por el empleador. Entre estas modalidades se encuentran:
- Libro de asistencia
- Reloj de control de asistencia con tarjeta de registro
- Registro electrónico computacional con tarjeta de cinta magnética
- Sistema computacional de control biométrico por impresión dactilar
- Sistema de georeferencia o ubicación satelital GPS
Esto demuestra que la dirección del trabajo admite la utilización de diversos medios adicionales a los mencionados en el código del trabajo, siempre y cuando se cumplan con las autorizaciones correspondientes.
Resumen de la información
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Estoy obligado como trabajador a utilizar el registro de asistencia? | Sí, el empleador está obligado a llevar un registro de asistencia y como trabajador, también estás obligado a utilizarlo. |
| ¿Qué tipo de registro de asistencia puede ser utilizado? | Se pueden utilizar diversos sistemas, siempre y cuando se cuente con la autorización de la dirección del trabajo. |
| ¿Qué dice la Dirección del Trabajo sobre los sistemas de registro de asistencia? | La dirección del trabajo ha establecido distintas modalidades que pueden ser utilizadas por el empleador. |
Preguntas frecuentes
A continuación, respondemos algunas preguntas comunes referentes al registro de asistencia:
- ¿Es responsabilidad del trabajador llevar su propio registro de asistencia? No, es responsabilidad del empleador llevar un registro de asistencia.
- ¿Puede el empleador modificar el sistema de registro de asistencia sin previo aviso? No, cualquier cambio en el sistema de registro debe ser informado y autorizado por la dirección del trabajo.
- ¿Qué sucede si el empleador no cumple con su obligación de llevar un registro de asistencia? El empleador puede enfrentar sanciones y multas por incumplimiento de la normativa laboral.
Esperamos que esta información aclare tus dudas respecto al registro de asistencia en el ámbito laboral. Recuerda que estamos comprometidos en brindarte información relevante sobre legislación laboral. Suscríbete a nuestro canal y visita nuestra página web para acceder a más contenidos relacionados. ¡Nos vemos en el próximo artículo!


Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
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