Las horas extras corresponden a esa jornada de trabajo que tú realizas por sobre lo que está pactado en el contrato de trabajo. Este sobre tiempo debe ser cancelado y compensado con una adicional por sobre el valor de tus horas, pero el tema está en cuánto tiempo tiene el empleador para poder pagar las horas extras. De este tema hablaremos el día de hoy, porque no queremos que pierdas tu derecho al pago de las horas extra, horas que tú trabajas de más y que claramente deben ser remuneradas como tal. Así que quédate en este contenido y desde ya te pido tu apoyo para que le des al me gusta al compartir activen la campanita de las notificaciones en YouTube. No te olvides del like y en Instagram activa el corazoncito para que más trabajadores como tú se informen en estas y otras materias que todo trabajador de Chile sí o sí debe conocer.
Horas Extras y su Pago
A modo aclaratorio, las horas extraordinarias por ley (todo lo que la ley Establece en su Artículo 32) indican que se deben pagar con un recargo del 50% como mínimo por sobre el valor de tu hora ordinaria. Si tu hora, por darte un ejemplo, vale mil pesos, la hora extraordinaria valdrá 1500 pesos. Es decir, se recarga el 50% adicional.
Tiempo para el Pago de las Horas Extras
El mismo artículo, el artículo 32, establece el periodo de tiempo en que el empleador debe hacer el pago de las horas extras respectivas. Según este artículo, las horas extraordinarias se pagarán con un recargo del 50% por sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo periodo.
Esto quiere decir que, cuando te paguen la remuneración del mes, el empleador debe incluir dentro de tu remuneración el pago de las horas extras que realizaste en dicho mes. Eso es lo que establece la normativa legal y eso es lo que el empleador debería cumplir.
Sabemos muy bien que hay veces donde los trabajadores realizan muchas horas extras en un mes y se las empiezan a pagar de forma paulatina, es decir, se las pagan un resto, se las pagan un mes, el otro resto del siguiente, así sucesivamente. Y ocurre en algunos lugares que eso de repente se olvide y se deja pasar el tiempo y las horas extras no se pagan.
Pérdida del Derecho al Pago de las Horas Extras
Si dejas pasar mucho tiempo y no te han pagado las horas extras, debes leer lo que indica el artículo 510 del código del trabajo para saber cómo actuar en caso de que no estén cumpliendo con el pago de las horas extras en el mes estipulado, tal cual como establecía el artículo 32.
El derecho al cobro de horas extraordinarias prescribirá en seis meses contados desde la fecha en que debieron ser pagadas. Esto quiere decir que, después de ese período, ya no puedes cobrar las horas extras porque ya no tienen validez legal. El empleador no está obligado a pagarte las horas extras después de ese plazo, según lo establece la ley.
Por estos motivos, es importante conocer la legislación laboral, porque no queremos que este tipo de situaciones ocurran. Aquí en Mundo Sindical, estamos comprometidos con la educación de los trabajadores y te invitamos a suscribirte a nuestras plataformas y seguir nuestros canales para acceder a contenido gratuito y capacitaciones sobre derecho laboral.
Aspecto | Información |
---|---|
Pago de horas extras | Debe incluirse en la remuneración del respectivo periodo |
Tiempo para el pago | Deben liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias |
Pérdida del derecho al pago de horas extras | Prescripción en seis meses desde que debieron ser pagadas |
FAQs
1. ¿Cuánto deben pagar por las horas extras?
Las horas extras deben pagarse con un recargo mínimo del 50% sobre el valor de tu hora ordinaria.
2. ¿Cuándo debe pagar el empleador las horas extras?
Las horas extras deben liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo periodo.
3. ¿Qué sucede si no me pagan las horas extras a tiempo?
Si no te pagan las horas extras en el tiempo estipulado, debes saber que el derecho al cobro de horas extraordinarias prescribirá en seis meses desde la fecha en que debieron ser pagadas, y ya no podrás reclamar su pago legalmente.
Espero que esta información te haya sido útil. No dudes en consultar nuestras otras publicaciones relacionadas para conocer más sobre tus derechos laborales. ¡Nos vemos en el próximo artículo!
Mi trayectoria profesional se ha centrado en el derecho laboral chileno aunque también tengo un gran interés en el mundo de las webs y el periodismo, por lo que en mi tiempo libre escribo en GestionMunicipal.cl. Me encanta ayudar a las personas y empresas a entender y cumplir la legislación chilena en materia laboral.
Deja una respuesta
Otros artículos interesantes